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ORDENANZA MUNICIPAL
PATENTES DE ALCOHOLES

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

  1. La necesidad de la ”Municipalidad de Talagante” de modificar la “Ordenanza Municipal sobre Patentes de Alcoholes y Horario de Funcionamiento de los Negocios de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas”;

  2. La Ordenanza Municipal N° 0001 de fecha 27 de diciembre de 1999,

  3. La Modificación, incorporada por la Ordenanza Municipal N° 0007 de fecha 10 de junio de 2002

  4. La Modificación, incorporada por la Ordenanza Municipal N° 0002 de 26 de junio de 2020

  5. El acuerdo de Concejo Municipal N° 480, de fecha 22 de diciembre del 2020, que Aprueba la sustitución del artículo transitorio de la ordenanza municipal 0002 de fecha 26 de junio del 2020, respecto a horario de funcionamiento establecimientos que expenden bebidas alcohólicas

  6. La facultad del Alcalde don Carlos Daniel Álvarez Esteban para representar a la Municipalidad de Talagante, emanada de la Sentencia de Proclamación del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de fecha 23 de noviembre de 2016; y TENIENDO PRESENTE, las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido, coordinado, y sistematizado contenido en el DFL Nº 1 de 2006, y sus posteriores modificaciones;

TENIENDO PRESENTE, las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido, coordinado, y sistematizado contenido en el DFL Nº 1 de 2006, y sus posteriores modificaciones;

O R D E N O:

 

ARTICULO PRIMERO: SUSTITÚYASE el ARTICULO TRANSITORIO incorporado mediante el Articulo Segundo, de la modificación de fecha 26 de junio de 2020 mediante la Ordenanza Municipal N° 0002, que modifica la “Ordenanza Municipal sobre Patentes de Alcoholes y Horario de Funcionamiento de los Negocios de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas” en la comuna de Talagante, aprobada por Ordenanza Municipal N° 0001 de fecha 27 de diciembre de 1999, modificada por la Ordenanza Municipal N° 0007 de fecha 10 de junio de 2002, cuyo texto es el siguiente:

 

ARTÍCULO TRANSITORIO: Incorpórese en el artículo 10° el siguiente inciso final: Declarado el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile por la pandemia de Covid-19 y hasta que ella cese; la venta o expendio de bebidas alcohólicas y los establecimientos que las comercian o expiden sólo podrán comerciar o funcionar entre las 10:00 horas y las 20:00 horas, de lunes a domingo, incluidos los supermercados y comercios adosados a estaciones de servicio y/o expendio de combustibles”.

 

Por el siguiente artículo transitorio:

ARTÍCULO TRANSITORIO: Incorpórese en el artículo 10° el siguiente inciso final: Declarado el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile por la pandemia de Covid-19 y hasta que ella cese; la venta o expendio de bebidas alcohólicas y los establecimientos que las comercian o expiden sólo podrán comerciar o funcionar entre las 10:00 horas y las 21:00 horas de lunes a domingo, incluidos los supermercados y comercios adosados a estaciones de servicio y/o expendio de combustibles, y los restaurantes diurnos o nocturnos, con expendio de bebidas alcohólicas a los clientes que concurran a ingerir alimentos preparados solo podrán comerciar o funcionar hasta las 22:00 hrs, de lunes a domingo”. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉJASE establecido que, para todos los efectos legales se mantiene vigente todo lo no modificado en ordenanza individualizada y su modificación.

 

ARTÍCULO TERCERO: EJÉCÚTESE por las Unidades Municipales correspondientes las medidas necesarias para la mayor difusión y conocimiento público de la presente Ordenanza y la Unidad de Fiscalización, las medidas adecuadas para verificar su cumplimiento.

 

ARTÍCULO CUARTO: PUBLIQUESE, en la página web de la Ilustre Municipalidad de Talagante la presente ordenanza o un extracto de ella y difúndase por medio de todas las plataformas de comunicación oficiales del Municipio y por medios de comunicación local y ofíciese a Carabineros de Chile de Talagante para su cumplimiento.

 

ANÓTESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

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